GUÍA DEL IMPUESTO DEL IVA MODELO 303

Posted by: ToniG

[title size=»2″ content_align=»left» style_type=»single» sep_color=»» class=»» id=»»]EL IVA MODELO 303 QUE ES Y COMO RELLENARLO [/title][fusion_text]En los próximos posts, os vamos a desgranar uno a uno los impuestos a los que tenéis que enfrentar en el caso de que tengas un negocio tanto si eres autónomo como si tienes una empresa, para que os pueda servir de ayuda con vuestras obligaciones con Hacienda, hoy empezamos con el Iva y en concreto con el Modelo 303.

¿QUÉ ES EL MODELO 303 Y PARA QUÉ SIRVE?

El modelo 303 es el que hace referencia a la liquidación trimestral del Iva, tanto para las empresas como para autónomos.

Tanto si eres una empresa o un autónomo cuando haces una factura de tus productos o servicios, le cargas un Iva a tus clientes que después debes devolver a Hacienda.

Hasta hace poco tiempo existían varios modelos para hacer esta declaración, pero con la última reforma todo se simplifico y solo existe el modelo 303 para hacerlo más sencillo a priori.

¿QUIÉN TIENE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL MODELO 303?

Pues como he comentado anteriormente este modelo es el que debes utilizar tanto si eres autónomo como si tienes una empresa y estas obligado a devolver a Hacienda el iva que has recaudado a tus clientes.

Por lo que si eres Autónomo, profesional o sociedad y estas obligado a facturar con Iva tendrás que presentar el modelo 303.

¿CUÁNDO TENGO QUE PRESENTAR EL MODELO 303?

El modelo 303 se presenta trimestralmente y en el último trimestre del año se presenta conjuntamente con el modelo 390 que explicaremos en otro Post

Os dejo una tabla con las fechas:

Primer trimestre Del 1 al 20 del mes de abril
Segundo trimestre Del 1 al 20 del mes de julio
Tercer trimestre Del 1 al 20 del mes de octubre
Cuarto trimestre Del 1 al 30 de eneros del año siguiente al del ejercicio en curso, en este mes se presenta también el resumen del año con el mencionado modelo 390.

Aunque estos sean los periodos de presentación hay que tener en cuenta que si se quieren domiciliar los pagos este periodo se acorta en 5 días de las fechas que he mencionado anteriormente.

En el caso de que el último día de presentación recaiga en un sábado, en un domingo o en un día festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil del calendario.

Estos plazos son muy importantes, porque de no cumplirse con ellos, se provoca un fuera de plazo, y nos obliga a realizar la liquidación del modelo 303 con intereses de recargo y con sanciones, que nos impondrá hacienda.

Tener en cuenta que desde nuestra gestoría te ayudaremos a cumplir con estos plazos, para que no tengas que cargar con esos recargos.

¿FORMAS DE PRESENTAR EL MODELO 303 TRIMESTRAL?

La presentación del modelo 303 como el resto de modelos al que estemos obligados no tienen mayor secreto, lo deberéis descargar de la página web de la AEAT y una vez rellenado lo puedes presentar:

  • En papel: Esta es quizás la forma más incómoda ya que deberás ir personalmente a tu banco con la copia del modelo 303 relleno y que te lo carguen en cuenta, soportando evidentemente las colas en los bancos que se forman esos días en esas entidades, y también lo podéis presentar en las delegaciones de la AEAT correspondiente al domicilio fiscal donde está ubicada tu actividad, pero esta última opción quizás será la más perjudicial para ti ya que esas delegaciones están colapsadas en esas fechas.
  • Electrónicamente: esta es una forma menos incomoda que la anterior, ya que una vez descargado el fichero y rellenado, se puede presentar telemáticamente en la plataforma de la AEAT con tu DNI Digital, o con el Certificado Electrónico que tengas, o con el sistema Cl@ve.

Aunque lo puedas presentar de forma autosuficiente, lo más recomendable es que tanto la confección como la presentación la delegues a tu asesor, que es el que tiene mejor criterio.

¿QUÉ DATOS TENDREMOS QUE TENER PREPARADOS PARA RELLENAR EL MODELO 303?

El modelo 303 la primera vez que lo presentéis contempla algunas dificultades para cumplir con todos los requisitos, pero en cambio los datos que necesitaras para rellenarlo son bastantes sencillos.

Lo primero que tendrá que tener a mano serán todas las facturas que hayas emitido con Iva, durante el periodo que tengas que emitir.

Estas facturas nos facilitaran los datos de lo que se denomina Iva Repercutido o Iva Devengado, para que te quede claro este será el iva que tu cargas en tus facturas a los clientes cuando le vendes un producto o le ofreces un servicio, indistintamente que sea una empresa o un particular.

Tendrás que sumar todas las bases y las cuotas del Iva que has cobrado a tus clientes para poder reflejarlas en el impreso como te mostrare más tarde.

Ahora tienes que preparar todas las facturas que tú has pagado de los productos y servicios que tú has comprado para el desarrollo de tu actividad y que son deducibles, y también tendrás que sumar las bases y las cuotas de Iva para obtener lo que se llama Iva soportado, es decir el Iva que tu pagas a tus proveedores.

Deberás tener a mano todos tus datos fiscales.

¿QUIERES SABER PASO A PASO COMO RELLENAR EL MODELO 303?

Primero como te he comentado anteriormente debes entrar en la página de la AEAT te dejo aquí el enlace

y escoger la opción que desees utilizar para la presentación.

DATOS IDENTIFICATIVOS

Datos identificativos iva modelo 303
DATOS IDENTIFICATIVOS MODELO 303 DEL IVA

En primer lugar, deberás identificarte con el nombre y apellidos o con la razón social y con el NIF, NIE o CIF que tengas, y responder a las preguntas que te hacen en esta zona del documento como se muestra en la imagen anterior.

LIQUIDACIÓN

Este es uno de los apartados a los que quizás debas prestar más atención para poder hacer los cálculos se divide en dos

  1. IVA Devengado o cobrado en las ventas o operaciones intracomunitarias que tu realices
  2. Iva Soportado o pagado en los bienes y servicios que necesitas para el desarrollo de tu actividad
Iva devengado modelo 303
Iva devengado modelo 303

IVA DEVENGADO

Aquí es donde indicaras todos los datos relativos al Iva que has cobrado a tus clientes por tus productos o servicios

  • En la casilla 01-04-07: debes poner la suma de las bases de las facturas que has emitido como ves en el ejemplo al 4% de iva, al 10% y al 21% respectivamente, es posible que dependiendo de tu actividad lo mas común sea solo rellenar la casilla 07 al 21% de iva, pero otras actividades estarán obligadas a rellenarlas todas, si vende productos de primera necesidad.
  • En la casilla 03-06-09: se deben poner los importes correspondientes a aplicar el porcentaje indicado a la Base Imponible es decir la cuota de iva del 4% el 10% y el 21%

El resto de casillas solo se rellenaran en el caso de que tengas en tu actividad operaciones:

  1. Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios (Casilla 10)
  2. Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo, excluyendo de esta casilla las que sean adquisiciones intracomunitarias (Casilla 12)
  3. Para aquellas actividades que tengan recargo de equivalencia, deberán indicarlo al igual que en el Iva las bases (Casillas 16-19) como los porcentajes resultantes de aplicar el 5.20% o el 1.40% dependiendo del tipo de producto poniendo el resultado en (Casilla 18-21)

Si haces esto la página te calculara el importe total del Iva Devengado, esto es algo que ha mejorado respecto a versiones anteriores, en las que tu debías hacer todos los cálculos en este caso te calcula incluso las cuotas de Iva solo introduciendo las Bases.

Iva deducible modelo 303
Iva deducible modelo 303

IVA DEDUCIBLE

Aquí es donde tendrás que poner todos los importes relativos a los Ivas que has pagados por los bienes y servicios que han sido necesarios para el desarrollo de tu actividad y pueden ser:

  1. Operaciones en España (Interiores) cualquier proveedor que tengas dentro del estado español
  2. Operaciones intracomunitarias, cuando el proveedor no es de España, pero lo es de un país de la Unión Europea
  3. Importaciones, aquí son los proveedores de fuera de España y que no pertenecen a la Unión Europea

Aquí deberás diferenciar entre los que son considerados bienes de inversión o los que son corrientes.

El programa te totalizara el Iva deducible y te calculara la diferencia entre el Iva Devengado y el Iva Deducible

Resultado del Iva modelo 303
Resultado del Iva modelo 303

RESULTADO

En este apartado se arrastran todos los importes indicados anteriormente, y solo estarás obligado a rellenar:

  1. Casilla 65 : en el caso que tributes en el País Vasco, y deberás poner el porcentaje que corresponde al total que hayas realizado en el resto del territorio español, si por el contrario estas tributando en cualquier otro lugar de España deberás dejar el 100%
  2. Casilla 67: debes indicar las cantidades que tengas a compensar por liquidaciones negativas en ejercicios anteriores y por un plazo máximo de 4 años
  3. Casilla 70: y esta es la casilla para el caso de que estés realizando una liquidación complementaria, por haberla presentado con errores, pero siempre del mismo ejercicio y periodo.
Complementaria modelo 303 del iva
Complementaria modelo 303 del iva

Llegados a este punto, ya estas al final del Modelo 303, ya solo tendrás que cumplimentar la cuenta bancaria y poner la fecha para poder tramitarlo en los formatos que ya hemos explicado.

¿CUALES SON LOS ERRORES MAS FRECUENTES QUE PUEDES COMETER?

Pues si habéis llegado hasta aquí, ya tenéis vuestro modelo 303 del Iva acabado y presentado, es muy sencillo, pero es verdad que requiere rellenar mucha información, que puede sonar al principio un poco rara, pero que una vez lo tengas por la mano ya verás como no conlleva ninguna complicación, de todas maneras, te indico cuales son los errores más comunes que se suelen cometer:

  1. Es fácil que se te olvide arrastrar la cuota a compensar del Iva negativo correspondientes a trimestres o ejercicios anteriores esto lo deberás indicar en la casilla 67 piensa que si se te olvidase esto sería un error muy grave ya que perderías la opción de desgravártelo mas adelante.
  2. Otro error habitual es no detallar de forma correcta las operaciones intracomunitarias, en el caso de que se te olvidase separar estas operaciones te verás obligado a presentar un escrito rectificativo en el que tendrás que adjuntar las facturas.
  3. Lo mismo te puede pasar con las importaciones que también debes declararlas de forma separada, aunque no es un error importante ya que no afecta a la cuota resultante, se debe tener en cuenta.
  4. También puede ocurrir que se te olvide indicar la prorrata que debes indicarla en la casilla 44, este tampoco es un error grave, pero debes hacerlo correctamente.
  5. Y por último algo más grave seria no cumplimentar la información adicional, en este apartado debes indicar:
    1. Entregas intracomunitarias de bienes y servicios
    2. Exportaciones y operaciones asimiladas
    3. Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que pueden originar el derecho a deducción
    4. O las operaciones que tengas efectuadas con criterio de caja, en el caso de que este acogido a este régimen.

Estos errores se pueden subsanar con un escrito, pero solo en el caso de que no afecten al resultado final de la cuota.

Si te has dejado de implementar alguna factura o no has indicado alguna cuota a compensar no lo podrás hacer hasta el próximo ejercicio, ya que no te dejan presentar liquidaciones rectificativas en el caso de que sea a pagar menos de lo declarado, y solo en el caso, de que salga una cuota resultante a pagar más.

Por eso es muy importante que antes de presentarlo te lo revises todo y si tienes alguna duda, no te arriesgues y confía en un profesional.[/fusion_text][button link=»http://asesoriabalaguer.es/contacto/» color=»default» size=»medium» type=»» shape=»» target=»_self» title=»» gradient_colors=»|» gradient_hover_colors=»|» accent_color=»» accent_hover_color=»» bevel_color=»» border_width=»1px» shadow=»» icon=»» icon_position=»left» icon_divider=»no» modal=»» animation_type=»0″ animation_direction=»left» animation_speed=»1″ alignment=»center» class=»» id=»»]CONSULTA TODAS TUS DUDAS[/button][separator style_type=»none» top_margin=»25″ bottom_margin=»25″ sep_color=»» icon=»» width=»» class=»» id=»»][title size=»3″ content_align=»left» style_type=»single» sep_color=»» class=»» id=»»]SI TE PARECIÓ LA INFORMACIÓN INTERESANTE, NO DUDES EN SUSCRIBIRTE PARA MANTENERTE INFORMADO DE LAS ÚLTIMAS NOTICIAS.[/title]