[title size=»2″ content_align=»left» style_type=»single» sep_color=»» class=»» id=»»][/title][fusion_text]Desde el día 4 de abril ya estamos en plena campaña de la Renta 2017 de las Personas Físicas.
El plazo para su presentación es del 04 de abril al 02 de julio de 2018 podeis consultar el calendario aquí , aun siendo un plazo muy amplio rogaríamos que no esperaran a los últimos días, para poderles ofrecer un servicio mas personal y de mayor calidad.
Tal y como vimos, en esta información donde os dimos algunas claves que os benefician en la Renta 2017, ahora os relacionamos los documentos básicos que deben aportar para su realización:
- Fotocopia del DNI (declarante, cónyuge e hijos mayores de 14 años)
- Certificado I.C.A.S.S del grado de minusvalía (si lo hubiere)
Rendimientos de Trabajo
- Certificado de los ingresos y las retenciones de sueldos, conferencias, cursos, paro, comisiones, pensiones que usted haya recibido.
- Certificado de pensiones percibidas de cualquier otro país diferente a España.
- Cantidades cobradas en concepto de empleadas del hogar.
- Certificado rescate plan de pensiones, si lo hubiere.
- Cantidades percibidas o satisfechas en concepto de pensión compensatoria a hijos o ex conjugues, aportando fotocopia de la sentencia de separación o divorcio.
- Cantidades pagadas en concepto de cuotas sindicales y colegios profesionales.
Rendimientos del capital inmobiliario
- Según la normativa fiscal vigente será requisito indispensable para poder presentar las declaraciones de la Renta, indicar el número de referencia catastral que lo podrán encontrar en los recibos de I.B.I de todas las propiedades de su titularidad independientemente del uso de las mismas.
- Si usted vive de alquiler nos deberá facilitar el número del NIF del Propietario, así como las cantidades abonadas. Sólo serán deducibles los contratos de alquiler constituidos antes del 1 de enero de 2016.
- Si usted tiene Inmuebles alquilados: Deberá solicitar a su Administrador de Fincas los importes correspondientes a los ingresos, gastos, intereses y los certificados de retenciones, inmueble a inmueble (si los hubiere).
- IMPORTANTE: Si usted ha alquilado su vivienda habitual o cualquier otra vivienda o habitaciones a través de las plataformas online tipo airbnb.es debe declarar esos ingresos ya que la Agencia Tributaria tiene constancia de las transferencias hechas a su cuenta bancaria.
Rendimientos del capital mobiliario
- Certificados de intereses y retenciones de depósitos bancarios, dividendos, acciones, bonos, pagarés de empresa, obligaciones, letras del tesoro…
- Certificados de los rendimientos procedentes de contratos de seguros de vida e invalidez.
- Certificado de gastos de administración y depósito de valores negociables.
- Saldo medio y saldos a 31 de diciembre de 2017 de cuentas corrientes y libretas de ahorro.
- Valores patrimoniales de bonos, participaciones obligaciones, acciones, fondos de inversión y otros bienes y venta de derechos a fecha 31 de diciembre de 2017.
Rendimientos de actividades empresariales, profesionales, artísticas y agrarias.
- Importe total de los ingresos brutos y gastos de la actividad.
- Certificados de retención de las Entidades Pagadoras con las que usted colabora.
- Inversiones realizadas para practicar las amortizaciones correspondientes. (Fotocopias facturas).
- Si uno de sus clientes ha entrado en concurso de acreedores y se ha visto afectado por una quita, póngalo en nuestro conocimiento y estudiaremos el caso.
Ganancias y pérdidas patrimoniales
- Si ha realizado ventas de cualquier elemento de su Patrimonio, deberá aportar escrituras de las compras y ventas (terrenos, fincas, locales…) y los gastos derivados de las mismas y recibos de plusvalías municipales.
- Datos de fondos de inversión.
- En caso de venta de acciones en bolsa deberá aportar la fecha y valor de compra y venta de las mismas.
- Si ha recibido algún tipo de subvención póngalo en nuestro conocimiento para estudiar de qué manera le puede afectar a su declaración de la renta
- Si usted tenía acciones del Banco Popular y perdió la totalidad, nos los debe comunicar para imputar pérdidas correspondientes.
Clausulas suelo
- Si usted tiene una sentencia firme, en la que se condena al banco a la devolución de los intereses pagados erróneamente o por el contrario ha firmado un acuerdo con el banco en el que se acuerda la devolución de los intereses, rogamos nos lo comunique con objeto de estudiar si su caso tiene incidencia fiscal, en la renta de este año o la de años anteriores.
Otros datos
- Recuerde que si es propietario de algún inmueble (piso, parking, local…) deberá aportar el valor catastral (recibo IBI).
- Certificado de atribución de Renta y retenciones de Sociedades Civil y Comunidades de Bienes.
- Para comprobar si usted tiene derecho a la deducción por hipoteca de la vivienda habitual (para adquisiciones realizadas antes del 1 de enero de 2013) deberá aportarnos la fecha de compra del inmueble, así como los 12 recibos de la hipoteca de 2017 o el certificado fiscal bancario correspondiente.
- Certificado de las aportaciones a planes de pensiones.
- Certificados de donativos a fundaciones y/o asociaciones legalmente reconocidas.
- Certificado de préstamos y otras deudas a 31 de diciembre de 2017 para su posible afectación al impuesto del Patrimonio.
- Valor de rescate de seguros de vida y rentas temporales y vitalicias.
- Le recordamos la obligación de declarar los valores y rendimientos de los bienes situados en el extranjero.
- Número de cuenta para la devolución o el pago de la Renta 2017.
Agradeciéndoles una vez más la confianza depositada en nosotros a la hora de confeccionar su declaración, le recordamos que estamos a su disposición para aclarar cualquier duda que les pudiera surgir.
TELÉFONO PARA PEDIR CITA PREVIA: 93.409.92.71
O por correo electrónico dani@asesoriabalaguer.es
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