¿QUÉ PUEDO DESGRAVARME EN MI RENTA SI TENGO UN PISO ALQUILADO?

Como hacer la renta con un piso de alquiler
Posted by: ToniG

¿QUÉ PUEDO DESGRAVARME EN MI RENTA SI TENGO UN PISO ALQUILADO?

Como sabéis de cada año, entre los meses de abril a junio, estamos obligados a hacer la Declaración de la Renta, y entre los contribuyentes que están obligados a presentar la Declaración de la Renta, están los que tienen un piso alquilado, y aquí es donde viene el dilema, que gastos puedo imputarme para desgravarlos de los rendimientos del alquiler, para que la renta me salga lo mas ventajosa posible a mi favor, si este es tu caso quédate leyendo porque en Asesoría Balaguer te lo vamos a explicar en este Post.

¿QUÉ GASTOS PUEDO DEDUCIR TENIENDO UN PISO ALQUILADO?

Como os comentábamos, los propietarios de una vivienda alquilada podrán desgravarse una serie de gastos de los rendimientos del capital Inmobiliario, dicho de otra manera, de los ingresos que percibe del alquiler, y los porcentajes pueden variar en función de la Comunidad Autónoma, para cada caso.

Como se declara un alquiler en la declaración de la renta, para decirlo de una forma sencilla, hay que coger por un lado todos los ingresos percibidos del alquiler, y restarle todos los gastos deducibles mas las reducciones a las que tiene derecho por su Comunidad Autónoma, la reducción con carácter general del IRPF es del 60% del total de los ingresos obtenidos, y se pagaran impuestos por el 40% restante, por eso es importante saber cuales son esos gastos que nos podemos deducir, que en forma general son:

  • Los intereses de las hipotecas que sean invertidos tanto en la compra como en la mejora de la vivienda.
  • Los impuestos pagados de bienes inmuebles (IBI), las tasas de basuras, de alumbrados y todos aquellos que no tengan consideración de sanción.
  • Los gastos de comunidad, tanto los ordinarios como los extraordinarios, que sean necesarios para el mantenimiento del edificio de viviendas.
  • Los gastos de formalizar el contrato, así como todos los gastos de la gestión del alquiler.
  • Las cantidades que se abonen en concepto de servicios o suministros de esa vivienda.
  • Los importes de dudoso cobro siempre que cumplan con los requisitos establecidas.
  • Los importes de las primas del seguro de Hogar, así como del seguro de Impago de alquileres, de la vivienda arrendada.
  • Y por último las cantidades destinadas a la amortización de los bienes y derechos, siempre que estos respondan a una depreciación efectiva del bien arrendado.
  • Los gastos de reparación y o conservación de la vivienda arrendada, así como aquellos necesarios para adecuar a la vivienda para poder alquilarla.

De todos estos gastos, necesitaras tener la factura o recibo, para poder justificarlo, en caso de que hacienda te lo pida, y guardarlos un mínimo de 5 años, que es el periodo que nos pueden inspeccionar.

Si haces la renta con nosotros, te podremos facilitar una plantilla en papel o Excel para que puedas ir controlando durante el año, todos los ingresos y los gastos del alquiler, y de esa forma en el momento de hacer tu Declaración de la Renta, tenerlo todo mucho más fácil.

También hacemos mención especial a la importancia que tiene si tenemos un piso alquilado, de tener los seguros tanto del Hogar como de Impagos contratados, ya que además de ofrecerte una protección frente a siniestros de daños o impagados, generándote una tranquilidad absoluta sobre tu alquiler, también son gastos que después te puedes deducir en tu Declaración de la Renta.

RECUERDA QUE EN ASESORÍA BALAGUER TE PODEMOS AYUDAR CON TU RENTA Y CON TODO LO RELATIVO A LA GESTIÓN Y ASEGURAMIENTO DE TU ALQUILER.

El alquiler de tus propiedades hoy en día es una de las operaciones con mejor rentabilidad de las que puedes hacer, y gracias a todas las protecciones de las que te he hablado además de las de menor riesgo que existen, si tienes alguna duda no te lo pienses y consúltanos.