Este Real Decreto desarrolla la facturación electrónica obligatoria entre empresas y autónomos (B2B) en España.
Cambios clave
1. Obligación general de factura electrónica
- A partir de ahora, todas las empresas y autónomos deberán emitir facturas electrónicas cuando facturen a otros empresarios o profesionales, la entrada en vigor lo regulara el decreto de desarrollo.
- Ya no es opcional: pasa a ser obligatorio en todo el ámbito B2B.
Afecta directamente a:
- Autónomos
- PYMES
- Grandes empresas
2. El PDF deja de ser suficiente
- La factura ya no podrá ser solo un PDF.
- Debe ser un formato estructurado (Facturae, UBL, etc.) válido legalmente.
Esto implica:
- Cambiar o actualizar el software de facturación
- Adaptarse a estándares técnicos concretos
3. Nuevos requisitos técnicos (software)
- Los programas de facturación deberán cumplir requisitos legales específicos.
- No todos los programas actuales serán válidos.
Consecuencia:
- Posibles costes de adaptación o cambio de ERP
4. Envío y control por parte de Hacienda
- Las facturas deberán:
- Registrarse
- Conservarse correctamente
- Remitir información a la Agencia Tributaria
Más control fiscal y trazabilidad.
5. Plataformas obligatorias de intercambio
- Se utilizarán:
- Plataforma pública (FACeB2B)
- Plataformas privadas certificadas
6. Plazos escalonados según tamaño
- No entra en vigor para todos a la vez:
- Empresas grandes >8M → 1 años desde la publicación del decreto de desarrollo.
- PYMES y autónomos, resto→ 2 años desde la publicación del decreto de desarrollo.
Muy importante planificar con tiempo.
7. Sanciones por incumplimiento
- No adaptarse puede suponer sanciones económicas.
- Especialmente relevante en inspecciones futuras.
IMPACTO REAL PARA CLIENTES
Personas físicas (autónomos)
- Obligados a facturar electrónicamente a otros profesionales
- Necesidad de cambiar software
- Mayor control fiscal
Empresas
- Adaptación tecnológica obligatoria
- Revisión de procesos internos (facturación, cobros, ERP)
Coste inicial + impacto organizativo
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