La nueva normativa de Pensiones IORP II entro en vigor el, 8 de febrero.
Las principales novedades que el Real Decreto-Ley 3/2020, en transposición al ordenamiento español de la Directiva (UE) 2016/2341 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 14 de diciembre de 2016, relativa a las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones son las siguientes:
- Garantizar seguridad a partícipes y beneficiarios.
- Garantizar información a los partícipes.
- Desarrollar las inversiones sostenibles y responsables.
- Facilitar la actividad transfronteriza de los fondos de empleo.
Estas novedades están dirigidas a mejorar la transparencia y la seguridad de los sistemas de pensiones a partícipes potenciales, partícipes y beneficiarios.
¿Qué novedades introduce la IORP II?
Principalmente las novedades impactan en fondos de pensiones de empleo:
- los clientes deberán disponer de información adecuada y transparente sobre los planes y fondos de pensiones que les permita fundamentar sus decisiones sobre su jubilación y conocer el contenido y evolución de sus derechos en el plan.
- Se establece una serie de requisitos y principios a cumplir en la información a entregar a partícipes y beneficiarios. El lenguaje ha de ser claro y comprensible, que permita una fácil lectura, evitando tecnicismos.
- Se debe indicar a los partícipes de las condiciones que rigen el tratamiento de los derechos consolidados que se mantengan en el plan después del cese de la relación laboral y las posibilidades de movilización. Esta información se incorporará a la certificación anual que las entidades gestoras de fondos y planes de pensiones deben remitir a los partícipes.
Además, para todas las modalidades de planes de pensiones se entregará la información a los partícipes por medios electrónicos, incluido soporte duradero o web. Se podrá entregar en papel solo si así los partícipes lo solicitan expresamente, el cual podrá cambiar en cualquier momento la elección realizada sobre la forma de envío.
Adicionalmente, la entidad gestora deberá poner a disposición de los partícipes y beneficiarios las cuentas anuales y el informe de gestión del fondo de pensiones, que en el caso de la mayoría de compañías, lo tienen disponible en su Área de clientes.
La entidad gestora, en su caso el promotor, deben poner a disposición de los partícipes y beneficiarios los siguientes documentos:
- Documento de información general sobre el plan de pensiones.
- Especificaciones del plan de pensiones (reglamento).
- Normas de funcionamiento del fondo de pensiones.
- La declaración de los principios de política de inversión del fondo de pensiones.
- Reglamento interno de conducta.
Con estás modificaciones en la normativa, se busca, que los clientes, y todos los participes de una póliza, dispongan siempre de toda la información y transparencia, sobre el Plan que tienen contratado, y con ellos que puedan tomar las decisiones necesaria sobre estos.
Cada compañía, actuara como consideren que es la mejor forma, de hacer llegar esta información a todos los interesados, pero en las compañías con las que nosotros trabajamos con estos productos desde el despacho, que son Axa, Mapfre y Allianz, esta información se encuentra en el Área del cliente, que se encuentran en sus webs, por lo que consideramos, que, si ya no lo has hecho, esta es una buena ocasión para hacerlo y mantenerte totalmente informado.
Esperamos que esta información sea de vuestra utilidad.[button link=»http://asesoriabalaguer.es/contacto/» color=»default» size=»medium» type=»» shape=»» target=»_self» title=»» gradient_colors=»|» gradient_hover_colors=»|» accent_color=»» accent_hover_color=»» bevel_color=»» border_width=»1px» shadow=»» icon=»» icon_position=»left» icon_divider=»no» modal=»» animation_type=»0″ animation_direction=»left» animation_speed=»1″ alignment=»center» class=»» id=»»]CONSULTA TODAS TUS DUDAS[/button][separator style_type=»none» top_margin=»25″ bottom_margin=»25″ sep_color=»» icon=»» width=»» class=»» id=»»][title size=»3″ content_align=»left» style_type=»single» sep_color=»» class=»» id=»»]SI TE PARECIÓ LA INFORMACIÓN INTERESANTE, NO DUDES EN SUSCRIBIRTE PARA MANTENERTE INFORMADO DE LAS ÚLTIMAS NOTICIAS.[/title]
aceptación herencia a beneficio de inventario aceptar herencia Catalunya aceptar herencia con deudas Asesoría fiscal modelo 347 asesoría herencias Catalunya beneficio de inventario herencia cambios fiscales 2026 España Cómo presentar el modelo 347 daños por lluvias DECLARACIÓN RENTA 2018 diferencia entre seguro de hogar y seguro de comunidad diferencias impuesto sucesiones España diferencias seguro hogar y comunidad Errores modelo 347 Estudio de seguros en Barcelona expertos en seguros en Barcelona factura electrónica herencias en Catalunya impuesto de sucesiones Catalunya impuesto de sucesiones Cataluña impuesto de sucesiones en Catalunya impuesto herencias comunidades autónomas ley Crea y Crece lluvias intensas Barcelona Modelo 347 Modelo 347 autónomos y empresas Modelo 347 operaciones más de 3000 euros novedades fiscales 2026 novedades fiscales autónomos 2026 planificación sucesoria política de privacidad QUE NECESITO PARA LA RENTA 2018 Quién está obligado a presentar el modelo 347 qué cubre el seguro de comunidad qué cubre el seguro de hogar RENTA RENTA2018 seguro de comunidad de propietarios seguro de comunidades de propietarios seguro de comunidades en Barcelona seguro de hogar seguro de hogar en Barcelona seguro de hogar y comunidad Seguros Balaguer en Barcelona Seguros en barcelona
Deja una respuesta