RENTA 2016 DEDUCCIONES POR ALQUILER

Posted by: ToniG

[title size=»2″ content_align=»left» style_type=»single» sep_color=»» class=»» id=»»]TIENES UNA PROPIEDAD EN ALQUILER, QUIERES SABER QUE TE PUEDES DESGRAVAR EN LA RENTA 2016[/title][fusion_text]El mes de abril del 2017, la Agencia Tributaria comenzó con la campaña de la renta 2016. En los últimos años las ventajas fiscales de las que os podéis beneficiar los propietarios e inquilinos han variado mucho en las diferentes reformas fiscales que se han realizado, quizás siendo esta una de las partidas que han sufrido más modificaciones y reformas. Por eso queremos explicarte cuales son las deducciones en la actualidad para que podáis disponer de toda la documentación necesaria para poder realizar vuestra declaración de la Renta 2016.

¿Qué te puedes deducir como propietarios de una vivienda, local o parking en alquiler?

Como ya sabéis, si eres propietario de una propiedad arrendada, estás obligado a declarar los ingresos obtenidos por las rentas cobradas en el alquiler, y os lo deberéis plantear, como le explicamos a nuestros clientes, como si tuvierais un negocio en el que existen unos ingresos, pero también unos gastos que se pueden deducir como os voy a detallar más abajo, y tendréis que declarar el rendimiento neto, que se obtiene de restarle a los ingresos todos estos gastos, pero tener en cuenta que todos estos gastos deben de poder ser justificados, ya que hacienda os lo puede pedir.

Cuales son estos gastos desgravables en la renta 2016, paso a detallártelos aquí.

  • Los gastos, que generan la administración del alquiler por un profesional, que normalmente te lo deducirán de la liquidar que te envían cada mes, aquí si lo pagas tú también puedes incluir el coste del contrato de alquiler, aunque normalmente lo paga el inquilino.
  • Todos los Impuestos relacionados con el inmueble. Todos los impuestos que inciden en las retribuciones o en la vivienda que tienes alquilada tales como: el IBI, o el alumbrado, las basuras, entre otros.
  • El coste de los seguros de la vivienda. Los propietarios de una vivienda de alquiler podéis beneficiaros de la deducción de los gastos del coste de los seguros de la defensa jurídica del inmueble y de las primas del seguro de hogar.
  • Costes de reparación y mantenimiento del inmueble. Todos gastos relacionados con la adecuación de los bienes materiales, que no sean gastos de ampliación o mejora de la vivienda, pueden ser deducidos. Algunos ejemplos pueden ser el pintado de la vivienda, el arreglo y mantenimiento de instalaciones de agua, luz, gas, aire acondicionado, calefacción o calentador y todas aquellas que sean análogas a las descritas.
  • Los intereses generados por los préstamos hipotecarios destinados a la compra o mejora de una propiedad alquilada, pero en este caso no el importe total que pagáis por la hipoteca, sino solo el coste que representan los intereses.
  • La amortización de la vivienda. En la declaración de la renta, también puedes incluir la liquidación del pago del inmueble y todos los bienes que contenga (el 3% del valor catastral por desgaste, sin incluir el suelo)
  • El coste de las cuotas comunitarias. Los gastos de portería, del cuidado de zonas comunes, vigilancia, portería y todos los gastos derivados del mantenimiento del edificio son gastos deducibles en la Renta 2016.
  • El coste del IRPF si tenéis alquilado un local o piso que este sujeto, también es desgravable en la renta 2016
  • Los gastos de suministros en la actualidad aún existen algunos contratos de alquiler, que estipulan que los propietarios pagan los suministros y estos se les carga al inquilino en el recibo del alquiler, es una forma poco usual, pero si es tu caso estos suministros también serían desgravables en la renta 2016, aunque hay que tener en cuenta que se deben poner como ingresos el cobro que realizáis al inquilino.

Os dejo aquí una plantilla que utilizamos con nuestros clientes para que controlen la gestión de su alquiler.

COMO HACER LA RENTA CON UN ALQUILER
RENTA 2016

CONTROL GASTOS ALQUILER PISOS RENTA 2016

DEDUCCIONES PARA EL INQUILINO

En caso de que vivas en un piso alquilado, al contrario que ocurre con los propietarios, podrás beneficiarte de pocas deducciones en renta 2016. Tras la reforma fiscal, aprobada en el año 2015, los beneficios estatales por el alquiler de una vivienda como uso habitual, desaparecieron. A pesar de ello, todas las comunidades autónomas, exceptuando Las Baleares, La Rioja y  Murcia , han regulado las deducciones autonómicas por lo que deberás consultar específicamente, que ha contemplado para este caso tu comunidad autónoma, o hablar con un profesional para que te lo aclare.[/fusion_text][button link=»http://asesoriabalaguer.es/contacto/» color=»default» size=»medium» type=»» shape=»» target=»_self» title=»» gradient_colors=»|» gradient_hover_colors=»|» accent_color=»» accent_hover_color=»» bevel_color=»» border_width=»1px» shadow=»» icon=»» icon_position=»left» icon_divider=»no» modal=»» animation_type=»0″ animation_direction=»left» animation_speed=»1″ alignment=»center» class=»» id=»»]CONSULTA TODAS TUS DUDAS[/button][separator style_type=»none» top_margin=»25″ bottom_margin=»25″ sep_color=»» icon=»» width=»» class=»» id=»»][title size=»3″ content_align=»left» style_type=»single» sep_color=»» class=»» id=»»]SI TE PARECIÓ LA INFORMACIÓN INTERESANTE, NO DUDES EN SUSCRIBIRTE PARA MANTENERTE INFORMADO DE LAS ÚLTIMAS NOTICIAS.[/title]