Comienza un nuevo ejercicio fiscal y con él llegan cambios normativos y obligaciones tributarias que todas las empresas y autónomos deben conocer para asegurar el cumplimiento con la Agencia Tributaria y evitar sanciones. En este artículo repasamos los principales aspectos fiscales para 2026 y aclaramos la situación del sistema de facturación Verifactu, cuyo aplazamiento no exime del resto de obligaciones.
1. Plazos y Renuncias a Regímenes Especiales (IRPF y IVA)
Para el ejercicio 2026 se han definido con claridad los plazos para optar o renunciar a ciertos regímenes fiscales:
- El plazo para renunciar o revocar la renuncia al método de estimación objetiva del IRPF (módulos) es del 25 de diciembre 2025 al 31 de enero 2026. También se puede modificar la elección si se presentó entre el 1 y el 24 de diciembre de 2025.
- Se mantiene también este mismo plazo extraordinario para renunciar a llevar los libros registro de IVA por vía electrónica o darse de baja del REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA) para 2026.
Estas fechas son clave para autónomos y pymes que evalúan si les conviene permanecer o salir de determinados regímenes fiscales en 2026.
2. Prórrogas y Beneficios Fiscales en IRPF e Impuesto sobre Sociedades
El Real Decreto-ley 16/2025, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2025, contiene medidas fiscales con impacto directo en 2026. Entre ellas:
- Prórroga de deducciones en el IRPF por mejoras de eficiencia energética en viviendas y por adquisición de vehículos eléctricos hasta 31 de diciembre de 2026.
- Se mantienen los límites cuantitativos del método de estimación objetiva en IRPF para 2026 (salvo en actividades agrícolas, ganaderas y forestales).
- En el impuesto sobre sociedades se permite la amortización libre de determinadas inversiones en vehículos eficientes y puntos de recarga en los períodos impositivos que comienzan en 2024, 2025 y 2026.
3. IVA: Regímenes Especiales y Plazos
Se prorrogan para 2026 los límites de aplicación de:
- El régimen simplificado del IVA (“módulos”) y
- El régimen especial para agricultura, ganadería y pesca.
El plazo general para renunciar o revocar estas opciones en 2026 es también de 25 de diciembre 2025 a 31 de enero 2026, considerando válidas las solicitudes presentadas antes del 25 de diciembre.
4. Obligaciones Informativas y Control del Pago Electrónico
En 2026 se intensifica la fiscalización con nuevas obligaciones informativas en torno a:
- Declaraciones ampliadas de operaciones y pagos, incluyendo sistemas como Bizum cuando se utilicen como medio de cobro.
- Estas nuevas obligaciones buscan reforzar la transparencia y el control fiscal de las operaciones económicas.
5. Verifactu: Aplazamiento a 2027 (pero Obligaciones Vigentes en 2026)
Uno de los temas más comentados al inicio de año es la situación del sistema Verifactu, el nuevo régimen de facturación electrónica que forma parte de la lucha contra el fraude fiscal.
¿Qué ha cambiado?
El Gobierno ha aprobado un aplazamiento oficial de la entrada en vigor obligatoria de Verifactu hasta 2027:
- 1 de enero de 2027 para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 para autónomos y otros contribuyentes.
Este cambio fue aprobado en Consejo de Ministros a finales de 2025 y está recogido en normativa oficial.
Importante: ¿Significa que no hay que hacer nada durante 2026?
No. El aplazamiento no elimina ni suspende todas las obligaciones de facturación electrónica que ya estaban vigentes antes del aplazamiento. En concreto:
- Aunque la obligatoriedad de Verifactu se traslada a 2027, en 2026 sigue vigente la obligación de cumplir con los requisitos de facturación conforme a la Ley Antifraude (Ley 11/2021) y al Real Decreto 1007/2023. Esta normativa exige que los sistemas de facturación:
- Generen registros inalterables y trazables.
- Cuenten con un código seguro de verificación.
- Sean compatibles con los requisitos técnicos de la Agencia Tributaria.
- Muchos proveedores de software ya han actualizado sus programas conforme a estos requisitos. Asimismo, aquellos que emitan o reciban facturas electrónicas deben asegurarse de no usar programas que permitan modificar, eliminar o alterar los datos de facturación.
En otras palabras: el aplazamiento de Verifactu te da más tiempo para implementar completamente el sistema, pero no te exime de cumplir ya con las normas de facturación electrónica y los requisitos de integridad de registros de facturación.
6. Consejos Prácticos para Autónomos y Empresas en 2026
Para cumplir con las obligaciones fiscales de 2026 y evitar sanciones innecesarias:
- Revisa tu situación en módulos/estimación objetiva e IVA: decide si debes renunciar o mantener estos regímenes dentro de los plazos señalados.
- Actualiza tus sistemas contables y de facturación: asegúrate de que tu software cumple con los requisitos de integridad y trazabilidad exigidos por la Agencia Tributaria.
- Prepara tu negocio para Verifactu: no dejes la adaptación para el último momento. Aprovecha 2026 para formar a tu equipo y seleccionar el software adecuado, aunque la obligatoriedad final empiece en 2027.
- Anticípate a las obligaciones informativas: debido a los nuevos requerimientos de la AEAT, revisa que tus procesos de cobros y pagos electrónicos están correctamente documentados y reportados.
Cuadro resumen de las Novedades Fiscales 2026
Autónomos y Empresas – Lo esencial que debes saber
PLAZOS CLAVE A INICIO DE AÑO
Del 25 de diciembre 2025 al 31 de enero 2026
✔ Renuncia o modificación de:
- Módulos (IRPF – estimación objetiva)
- Régimen simplificado de IVA
- REDEME
- Libros de IVA por SII
Fuera de plazo no se podrá modificar durante 2026
IRPF E IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
✔ Se mantienen para 2026:
- Límites de módulos (salvo actividades agrarias)
- Deducciones por:
- Eficiencia energética en viviendas
- Vehículos eléctricos
✔ Amortización libre:
- Vehículos eficientes
- Puntos de recarga eléctrica
IVA Y CONTROL TRIBUTARIO
✔ Continúan:
- Régimen simplificado de IVA
- Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca
Mayor control sobre:
- Pagos electrónicos
- Bizum y otros medios digitales
- Obligaciones informativas
VERIFACTU: APLAZADO A 2027
Nuevas fechas:
- Empresas (Impuesto sobre Sociedades): 1 enero 2027
- Autónomos: 1 julio 2027
IMPORTANTE:
El aplazamiento NO elimina las obligaciones actuales
OBLIGACIONES QUE SÍ APLICAN EN 2026
✔ Cumplir con la Ley Antifraude (Ley 11/2021)
✔ Sistemas de facturación deben:
- Ser inalterables
- Garantizar trazabilidad
- No permitir borrado o modificación de facturas
- Cumplir requisitos técnicos de la AEAT
✔ Software actualizado y conforme a normativa
RECOMENDACIONES PARA 2026
✔ Revisar régimen fiscal a inicio de año
✔ Adaptar el software de facturación
✔ Prepararse con antelación para Verifactu
✔ Evitar sanciones por incumplimiento
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En Asesoría Balaguer te ayudamos a:
- Revisar tu situación fiscal
- Cumplir con todas las obligaciones
- Adaptar tu negocio a la normativa actual y futura
Conclusión
El año fiscal 2026 trae varias novedades y prórrogas clave para autónomos y empresas. Aunque el cumplimiento de Verifactu se ha aplazado al 2027, las obligaciones actuales de facturación electrónica y control de registros permanecen vigentes. Es fundamental planificar con antelación, ajustar tus sistemas y estar al día con todos los plazos fiscales para evitar sanciones y asegurar una gestión eficiente de tu negocio en este nuevo ejercicio.
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