¿QUÉ REQUISITOS DEBES CUMPLIR PARA TRIBUTAR POR MODULOS EN 2018?

Posted by: ToniG

[title size=»2″ content_align=»left» style_type=»single» sep_color=»» class=»» id=»»]¿ME PUEDO DAR DE ALTA EN MÓDULOS EN 2018?[/title][fusion_text]¿Me puedo dar de alta en Módulos en 2018? Quizás esta sea una de las preguntas más recurrentes que recibimos por parte de los clientes que este año hemos dado de alta como autónomos, y la verdad es que esta es una de las figuras fiscales, los Autónomos acogido a los Módulos, que más variaciones y modificaciones han sufrido en los últimos años, ya que la intención del gobierno es claramente contraria a esta forma de tributar.

Como ya os he adelantado los Módulos en 2018 han sufrido un gran ajuste en los requisitos necesarios a cumplir para poder acogerse a ellos, a continuación, os dejo una relación de las obligaciones que debes cumplir:

  • Debes ser Autónomo con una actividad incluida en la orden ministerial que lo regula, que pasamos a detallar en el siguiente apartado de esta publicación, mas abajo.
  • No superar los límites que se establecen en la Orden Ministerial que seguimos explicando.
  • Volumen de facturación, para acogerse a Módulos en 2018 en el ejercicio 2017 no podrá superar una facturación superior a 250.000€ anuales, este importe es un valor intermedio entre los 450.000€ que eran necesarios para los años anteriores y el nuevo límite de 150.000€ que serán de aplicación para el 2018, todo ello provocara que un gran número de Autónomos que a fecha de hoy están acogidos a Módulos en 2018 no lo podrán hacer, lo que reducirá de forma muy sustancial este colectivo.
  • En el caso de que tu facturación este dirigida a Profesionales y empresas, el límite establecido no podrá superar los 125.000€ anuales o en el caso de que se trate de empresas sujetas a retención este límite no podrá superar los 50.000€ anuales, estas cantidades también son transitorias, ya que en 2018 el limite será de 75.000€ anuales.
  • Los Autónomos que estén obligados por su actividad y se vean obligados a realizar retenciones del 1% tampoco podrán acogerse a módulos en 2018
  • No haber renunciado con anterioridad al régimen del IVA simplificado o al régimen especial de agricultura.
  • No realizar una actividad paralela, que este tributando ya en el régimen de estimación directa, ya que son incompatibles.
¿QUÉ REQUISITOS DEBES CUMPLIR PARA TRIBUTAR POR MÓDULOS EN 2018?
¿QUÉ REQUISITOS DEBES CUMPLIR PARA TRIBUTAR POR MÓDULOS EN 2018?

Es muy importante como Autónomo tener todos estos puntos claros a la hora de darse de alta censal en el régimen de Módulos, ya que es el momento de acogerse a ello.

A continuación, hacemos un detalle de los grupos de actividades que se pueden acoger a los Módulos en 2018:

  • Actividades Agrícolas y ganaderas: Estas actividades tienen un cálculo diferente y sus límites para estar excluidos de los módulos en 2018 son respectivamente de 200.000€ y de 150.000€ sin que se tenga en cuenta a quien se factura.
  • Actividades de Pesca: que se dediquen a la producción del mejillón en batea.
  • Actividades comprendidas en el Comercio minorista: Aquí se incluyen todos los comercios con destino final al minorista.
  • Actividades relacionadas con el ramo de la Hostelería: aquí podemos incluir a todos los bares, cafeterías, restaurantes, pensiones, fondas y análogas.
  • Actividades comprendidas en otros servicios: tales como negocios de Tintorería, autoescuelas, salones de belleza y peluquería.
  • Actividades del Transporte: relacionados con el transporte de viajeros, mercancías y taxis, aquí hay que prestar mucha atención en el transporte por carretera y en los servicios de mudanzas, ya que en este caso ha bajado el número de vehículos respecto al ejercicio 2016 de 5 a los 4 actuales.
  • Actividades incluidas en la Industrias panificadoras: englobando aquí todas las relacionadas con la fabricación de bollería, pan y masas fritas.
  • Actividades de la construcción: Aquí se engloban todos los Albañiles, las carpinterías, cerrajerías, trabajos de fontanería o pintura, pequeños trabajos de reformas en general, de todas maneras, en este sector de actividad, se debe tener especial atención ya que algunas de estas actividades en función de sus peculiaridades están obligados a practicar una retención en sus facturas del 1% en cuyo caso quedaran exentos de poder acogerse a Módulos.

Como veis, cada vez es más complejo, y más restrictivos los requisitos necesarios para poder acogerse al régimen de Módulos en 2018, por lo que se hace de suma importancia, antes de tomar esa decisión, consultar con un despacho profesional, os recordamos que en nuestra web tenemos una oferta inicial de consultoría de forma gratuita si nos contactas a través del cuestionario de la web, te dejo aquí el enlace, Consultoría Gratuita por si estas interesado en que te ayudemos.[/fusion_text][button link=»http://asesoriabalaguer.es/contacto/» color=»default» size=»medium» type=»» shape=»» target=»_self» title=»» gradient_colors=»|» gradient_hover_colors=»|» accent_color=»» accent_hover_color=»» bevel_color=»» border_width=»1px» shadow=»» icon=»» icon_position=»left» icon_divider=»no» modal=»» animation_type=»0″ animation_direction=»left» animation_speed=»1″ alignment=»center» class=»» id=»»]CONSULTA TODAS TUS DUDAS[/button][separator style_type=»none» top_margin=»25″ bottom_margin=»25″ sep_color=»» icon=»» width=»» class=»» id=»»][title size=»3″ content_align=»left» style_type=»single» sep_color=»» class=»» id=»»]SI TE PARECIÓ LA INFORMACIÓN INTERESANTE, NO DUDES EN SUSCRIBIRTE PARA
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