Renta 2021, que necesitas

Declaración de Renta 2021
Posted by: ToniG

Que necesitas para hacer la declaración de la Renta 2021

Como en años anteriores, se aproxima la fecha, para efectuar la Declaración de la Renta de las Personas Físicas del año 2021.

El plazo para su presentación es del 06 de abril al 30 de junio de 2022 aun siendo un plazo muy amplio rogaríamos que no esperaran a los últimos días, para poderles ofrecer un mejor servicio.

Les relacionamos a continuación los documentos básicos que deben aportar para su realización:
• Fotocopia del DNI (declarante, cónyuge e hijos mayores de 14 años).
• Comunicar, nombre, apellidos y fecha de nacimiento del nuevo descendiente si durante el ejercicio 2021 ha sido madre/padre, para aplicar las deducciones correspondientes.
• Certificado del grado de minusvalía, si lo hubiere.

A. Rendimientos de Trabajo.
• Certificado de los ingresos y las retenciones de sueldos, conferencias, cursos, paro, comisiones, pensiones que usted haya recibido.
• Certificado de pensiones percibidas de cualquier otro país diferente a España.
• Cantidades percibidas si usted es empleada del hogar.
• Certificado rescate plan de pensiones, si lo hubiere.
• Cantidades percibidas o satisfechas en concepto de pensión compensatoria a conyugues, aportando fotocopia de la sentencia de separación o divorcio.
• Cantidades pagadas en concepto de cuotas sindicales y colegios profesionales.

B. Rendimientos del capital inmobiliario
• Recibos de IBI de todos los inmuebles de las que usted es Propietario/a
• Si usted tiene Inmuebles alquilados, deberá aportar:
o Contrato/s de alquiler en vigor durante el ejercicio 2021.
o Ingresos que ha obtenido durante el ejercicio 2021.
o Gastos del inmueble alquilado: IBI, seguro, gastos comunitarios (preferiblemente aportar la liquidación de ingresos y gastos facilitada por el Administrador de Fincas del ejercicio 2021).
• IMPORTANTE: Si usted ha alquilado su vivienda habitual o cualquier otra vivienda o habitaciones a través de las plataformas online tipo www.airbnb.es debe declarar esos ingresos ya que la Agencia Tributaria tiene constancia de los ingresos.

C. Rendimientos del capital mobiliario
• Certificados fiscales para el IRPF y el Patrimonio de las entidades bancarias.
D. Rendimientos de actividades empresariales, profesionales, artísticas y agrarias.
• Importe total de los ingresos brutos y gastos de la actividad.
• Certificados de retención de las Entidades Pagadoras con las que usted colabora.
• Inversiones realizadas para practicar las amortizaciones correspondientes. (Fotocopias facturas).
• Si uno de sus clientes ha entrado en concurso de acreedores y se ha visto afectado por una quita, póngalo en nuestro conocimiento y estudiaremos el caso.

E. Ganancias y pérdidas patrimoniales
• Si ha realizado ventas de cualquier elemento de su Patrimonio, deberá aportar escrituras de las compras y ventas (terrenos, fincas, locales…) y los gastos derivados de las mismas y recibos de plusvalías municipales.
• Datos de fondos de inversión.
• En caso de venta de acciones en bolsa deberá aportar la fecha y valor de compra y venta de estas.
• En caso de operaciones con criptomonedas será obligatorio declarar el beneficio o la pérdida en caso de venta.
• Si ha recibido algún tipo de subvención póngalo en nuestro conocimiento para estudiar de qué manera le puede afectar a su declaración de la renta.

F. Deducciones
• Si usted vive de alquiler nos deberá facilitar el número del NIF del Propietario, así como las cantidades abonadas. Sólo serán deducibles los contratos de alquiler constituidos antes del 1 de enero de 2016.
• Certificado de atribución de Renta y retenciones de Sociedades Civil y Comunidades de Bienes.
• Para comprobar si usted tiene derecho a la deducción por hipoteca de la vivienda habitual (para adquisiciones realizadas antes del 1 de enero de 2013) deberá aportarnos la fecha de compra del inmueble, así como los 12 recibos de la hipoteca de 2021 o el certificado fiscal bancario correspondiente.
• Certificado de las aportaciones a planes de pensiones.
• Certificados de donativos a fundaciones y/o asociaciones legalmente reconocidas.

Agradeciéndoles una vez más la confianza depositada en nosotros a la hora de confeccionar su declaración, le recordamos que estamos a su disposición para aclarar cualquier duda que les pudiera surgir.