COMO ME AFECTA ESTE NUEVO DECRETO LEY SOBRE LAS VIVIENDAS ALQUILADAS
Hoy día 19 de diciembre entra en vigor el nuevo decreto ley que afectan a los contratos de alquiler de viviendas, te explico lo que debes tener en cuenta si tienes que hacer a partir de hoy un contrato de alquiler.
En primer lugar, se modifica la ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos que deja el siguiente escenario para los nuevos contratos de alquiler que se realicen a partir de hoy 19 de diciembre del 2018 paso a enumerarlas:
- La duración de los contratos de alquiler de vivienda pasa de los 3 años actuales a 5 años de duración en caso de personas físicas y si el arrendador es persona jurídica este se alarga a 7 años.
- Las renovaciones del contrato en caso de no existir comunicación por escrito una vez llegados a los 5 ó 7 años también se amplia de 1 a 3 años.
- También se ha estipulado una limitación a la fianza, que hasta hoy se podía solicitar la que considerase el propietario para garantizar su riesgo sobre el alquiler y ahora queda limitada a 1 mes de fianza legal y máximo 2 mensualidades más, solo con la exención de esa obligación a los contratos de larga duración.
- También eximen al arrendatario de la actual obligación de pagar el ITP y AJD cuando la vivienda sea de uso estable y permanente
Todas estas modificaciones entran en vigor desde hoy día 19 de diciembre del 2018 y no tienen carácter retroactivo, por lo que todos los contratos que firmemos hoy se deberán regir por este reglamento.
La pregunta que mas hemos recibido, es si, al no poder pedir fianzas elevadas, los propietarios están asumiendo un riesgo elevado, pero no es así, nosotros desde hace varios años no utilizamos esa medida de protección que por otro lado nos pare abusiva, y aseguramos el riesgo con una póliza de protección jurídica que a parte de garantizar las mensualidades por un año cubre los costes del desahucio íntegramente en caso de que este deba producirse por la falta de pago de la renta, así como otras reclamaciones en las que nos podemos encontrar, por el mal uso de la vivienda arrendada.
Si os interesa, os podéis poner en contacto y os informaremos ampliamente.
El escenario a cambiado, pero gracias a las protecciones con las que podemos dotar una vivienda alquilada, aun hoy es una de las mejores formas para obtener rentas.
El hecho de que los contratos sean de 5 años no es un problema, porque si el inquilino es Serio, cumple con sus obligaciones, y es respetuoso con nuestra propiedad, nos evita tener que estar cambiando el contrato cada 3 años, y el inquilino a ver garantizada su vivienda por un periodo más amplio, también tiene mayor tranquilidad.
Deja una respuesta